Luz verde al Registro Nacional de Cáncer

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley General de Salud para crear el Registro Nacional de Cáncer, con el propósito de ayudar a medir y controlar el impacto de este mal en la población mexicana.

La propuesta plantea la situación en la que se encuentra México frente a este padecimiento, que constituye la tercera causa de muerte, después de la diabetes y enfermedades hipertensivas cardiovasculares.

De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el incremento de defunciones por cáncer fue de casi 20 por ciento de 2004 a 2013, mientras que la Secretaría de Salud considera, desde 1990, a la morbilidad y a la mortalidad por cáncer como un problema de salud pública.

“Los tipos de cáncer que tienen mayor mortalidad son: pulmonar, prostático, gástrico, hepático y mamario, en ese orden de importancia”, destaca el dictamen avalado por los legisladores.

“Se estima que por cáncer mueren seis niños al día y una mujer cada cuatro horas”, refiere.

Precisa que el sistema público atiende más del 90 por ciento de los casos de cáncer por medio del financiamiento público universal de atención médica y el Programa Nacional de Detección Oportuna de Cánceres de la Mujer, encontrándose una fuerte presión para alcanzar la sustentabilidad financiera pública de mediano plazo de lo ya cubierto por el Programa de Administración de Riesgos Institucionales.

Respecto al cáncer de mama, acota, se requiere más del 30 por ciento de los recursos del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, utilizado en medicamentos oncológicos que representan 26 por ciento del monto del mercado de productos de fuente única en sistema público.

Estimaciones iniciales del financiamiento de la atención médica para los cánceres en adultos más frecuentes, señalan 56 mil 280 millones de pesos en 2014 (16 por ciento del gasto en atención médica) y se estima en 68 mil 79 millones de pesos en 2020.

De igual forma, la Comisión aprobó un dictamen que adiciona el artículo 233 Bis a la Ley General de Salud, para que los envases de medicamentos contengan la impresión de la fecha de caducidad en un tamaño que represente 25 por ciento de la superficie, con un color contrastante e indeleble, que permita su fácil visualización.

Dicha leyenda deberá estar escrita en código Braille para que personas con discapacidad visual puedan conocer la información sobre la caducidad de los medicamentos.

Otro dictamen aprobado reforma los artículos 7 y 115 de la Ley General de Salud, para facultar a la Coordinación del Sistema Nacional de Salud que promocione e impulse programas y campañas de información sobre los buenos hábitos alimenticios y estilos de vida saludable.

Asimismo aprobó un dictamen que adiciona el Artículo 61 de la misma ley para que, como parte de la protección materno–infantil y la promoción de la salud materna, se incluya el diagnóstico oportuno y atención temprana de la displasia en el desarrollo de la cadera.

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